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Aplazan audiencia de la demanda por los terrenos del Aeropuerto internacional Bávaro
Demanda contra FRANK RAINIERI y EL GRUPO PUNTA CANA.
La demanda es por incumplimiento, abuso de confianza, estafa y lavado de activos.
La Altagracia Higüey RD– El Tercer Juzgado de la instrucción del Distrito Judicial de la provincia La Altagracia aplazó este jueves la audiencia en contra de la demanda al presidente de Grupo Punta Cana Frank Rafael Rainieri Marranzini y al grupo Puntacana interpuesta por el Señor Josué Cabral Rodríguez, propietario de los terrenos donde opera el Aeropuerto Internacional de Punta Cana (AIPC), el propietario de los terrenos está solicitando el pago de más us$150 millones de dólares o la entrega de otros inmuebles, como acordaron ambas partes en el «violado» contrato.
El aplazamiento con fecha del próximo 8 de julio, de la primera audiencia fue conocido en la sala de audiencias A.007 de la Cámara Penal del Distrito Judicial La Altagracia en contra también de la Corporación Aeroportuaria Del Este S.A.S y la empresa GRUPO PUNTA CANA S.A.S. a los fines de que Frank Rainieri Marranzini se presenté al tribunal y que las partes tomen conocimientos de las piezas probatorias que harán valer en el proceso.
El abogado de la parte acusatoria el prestigioso jurista Presidente del colegio Dominicano de abogados el Dr Miguel Surum Hernández en representación del Señor Cabral Rodríguez externó que: «Solo queremos que la parte acusada vaya a la cárcel y pague el fraude, reiteramos la necesidad de que en este caso se haga justicia.
Han pasado más de 15 años desde que nuestro cliente, el señor Josué Cabral entregó un inmueble valorado en más de us$150 millones dólares el cual está siendo utilizado en estos momentos por el Aeropuerto de Punta Cana” y el señor Frank Rainieri no cumple con lo acordado.
“No hay forma posible de que Frank Rainieri ni el Aeropuerto de Punta Cana cumplan su compromiso de entregar el título del inmueble del que se comprometieron como pago para ese valioso inmueble que han recibido, están usando y no cumplen.
Hoy estamos reiterando que este proceso va a llegar hasta las últimas consecuencias y la necesidad de que las autoridades de aquí investiguen las razones por las que se negó la investigación contra el incumplimiento del empresario Frank Rainieri”, advirtió el abogado demandante.
El jurista resaltó que el caso del Señor Cabral es un espejo de las decenas de casos de dominicanos y dominicanas que han sido pisoteados por el GRUPO PUNTA CANA y Frank Rainieri, “a base de dinero y de algunas autoridades del Ministerio Público que en componenda con dicha persona, archivan procesos y accionan contra los infelices, mientras los ricos (como el señor Rainieri) hacen y deshacen”.
El proceso judicial depositado como querella por estafa por ante la Procuraduría Fiscal del Distrito Judicial de La Altagracia la Copia del Acuerdo Transacionan de Permuta de fecha Diecisiete (17) del mes de marzo del año 2006 firmado por Josué Cabral Rodríguez, Reyna Cedeño y Frank R. Rainieri Marranzini no ha sido cumplido expresó el jurista.
Sobre las implicaciones desde 2006 indicó que: “Es una estafa agravada con pena de dos a cinco años, porque el dinero que se obtuvo a través de ese crimen, se ha lavado en las distintas operaciones del Aeropuerto de Punta Cana y eso es lavado de activos, ley 155-17 que castiga el lavado de activos y de dineros provenientes de actividades ilícitas, narcotráfico y terrorismo”.
El penalista detalló que, “Como estafa agravada PUNTA CANA logró que, el señor Josué Cabral le entregará un inmueble con el valor de us$150 millones de dólares, ese grupo se comprometió en entregar otro inmueble debidamente amparado por un certificado de título, el cual nunca ha hecho a pesar de haber transcurrido 15 años”.
De su lado, sobre la decisión del tribunal, Josué Cabral Rodríguez admitió que: “Esperamos la fluidez de la justicia, aquí solo estamos reclamando derecho legalmente fundamentados en documentaciones legalmente registradas en la Propiedad Inmobiliaria.
Cuando esos derechos son violados, el artículo 51 de la Constitución me da todo el apoyo y agrega la ley 108-5 sobre registros inmobiliarios aquí en La Altagracia todos me conocen desde que nací y que no le he hecho un mal nadie, gracias a Dios, a nadie y pago debidamente mis impuestos, pueden registrar y ver qué tal he sido en mis impuestos legales” dijo el Señor Cabral.
Concerniente al debido proceso y el aplazamiento de la primera audiencia, el jurista Surum explicó que es lógico y normal que ambas partes se comuniquen sobre los documentos aportados, lo habitual es que en la primera audiencia los procesos sean aplazados.